La primera reforma social de la Constitución Española se articula a través de un proposición de ley con tramitación por lectura única.

EL NUEVO TEXTO:

  • Las personas con discapacidad ejercen los derechos previstos en este Título en condiciones de libertad e igualdad por ley la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio.
  • Los poderes públicos impulsarán las políticas que garanticen la plena autonomía personal y la inclusión social de las personas con discapacidad, entornos universalmente accesibles. Asimismo, fomentarán la participación de sus organizaciones en los términos que la ley establezca. Se atenderán particularmente las necesidades específicas de las mujeres y los menores con discapacidad.

DE ESTA MANERA EL ARTÍCULO 49…

Actualiza su terminología para eliminar su expresión «disminuidos», y dar una nueva redacción basada en un enfoque exigente de derechos humanos.

ADAPTACIÓN ARTICULO_49_PICTOGRAMAS