Ayer el Gobierno informó de la obligatoriedad del uso de las mascarillas en espacios públicos, al aire libre o cerrados, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros. Así lo recoge el artículo 3 de la Orden Ministerial que se publicó ayer en el Boletín Oficial del Estado.

Ante el posible incumplimiento de esta Orden Ministerial por parte de algunas personas con TEA, Autismo España, junto al resto de organizaciones de la discapacidad, ha trabajado con el CERMI para apoyar la petición de que las personas con discapacidad o en situación de dependencia no sean obligadas a usar la mascarilla.

De esta forma, la Orden Ministerial recoge la excepción para aquellas “personas en las que el uso de mascarilla resulte contraindicado por motivos de salud debidamente justificados, o que por su situación de discapacidad o dependencia presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización”, encontrándose aquí recogidas las especificidades que puede mostrar las personas con autismo.

Al no estar regulado la forma de acreditar la necesidad como tampoco estaba en las salidas a la vía pública la recomendación va a ser acreditarlo exactamente de la misma forma, es decir:

  • Certificado oficial de reconocimiento de Discapacidad.
  • Copia de la Instrucción de 20 de mayo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se regulan las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (adjunta)
  • Informes médicos, psicológicos o sociales complementarios en los que se describan las necesidades individuales y/o la existencia de dificultades conductuales.

No obstante, desde ANA se pide a todo el colectivo de personas con TEA que, siempre que sea posible, se haga uso de este elemento de protección de salud personal y pública.