Hoy se ha publicado en el boletín la concesión de Subvenciones para el tratamiento de personas con trastornos del espectro del autismo de octubre de 2020 a septiembre de 2021, ambos inclusive.
Plazo y lugar de presentación:
Comenzará el día 1 de septiembre de 2021 y finalizará el 30 de septiembre del mismo año. La documentación deberéis presentarla en el Registro General Electrónico de Gobierno de Navarra o presencialmente en el Departamento de Salud en la Calle Tudela, numero 20 a partir del próximo miercóles 1 de septiembre.
Cuantía de la convocatoria:
Esta convocatoria tendrá una cuantía de 148.302,37 euros.
Objeto y finalidad de la subvención:
Cubrir, total o parcialmente, el gasto efectuado entre octubre de 2020 y septiembre de 2021, ambos inclusive, para la aplicación de tratamiento a personas que padezcan TEA, siendo la finalidad de utilidad pública el apoyo a las necesidades de tratamiento de estas personas.
Requisitos de las personas beneficiarias:
–Tener un diagnóstico TEA realizado por un profesional facultativo médico especialista. También podrán tener dicha condición quienes se encuentren en un proceso diagnóstico de valoración para confirmarlo o descartarlo, siempre que presente síntomas compatibles y la duración del proceso sea inferior a un año.
– Que la persona beneficiaria resida de forma estable en Navarra durante un año antes, del 30 de septiembre de 2021. En menores de un año de edad la residencia efectiva deberá serlo desde el nacimiento.
– Que la conveniencia del tratamiento haya sido indicada por un/a profesional con la cualificación necesaria para ello.
– No hallarse incursa en ninguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.
Se establecen, como tarifas máximas subvencionables para las distintas modalidades de tratamiento, al igual que el año pasado las siguientes cantidades: sesión de terapia individual a 40 euros y sesión de terapia grupal a 16 euros.
Acreditación de los requisitos:
- Instancia General
- Fotocopia del DNI del beneficiario (si no se ha presentado con anterioridad).
- Certificado de empadronamiento o resolución de concesión del derecho de asilo (si no se ha presentado con anterioridad).
- Informe clínico emitido por un o una facultativa especialista que incluya juicio clínico o sospecha diagnóstica (si no se ha presentado con anterioridad y no ha sufrido cambios).
- Informe indicando la conveniencia del tratamiento.
- Informe con la descripción del tratamiento impartido y evaluación de los resultados obtenidos.
- Solicitud de abono por transferencia.(si no se ha presentado con anterioridad y no ha sufrido cambios).
- Facturas y justificantes de pago.
- Declaración acerca de otras posibles ayudas.
- Consentimiento para el tratamiento de datos de caracter personal.
- Autorizacion consulta datos Departamento de Hacienda y Administración General del Estado.
Más información: arianna.ana@autismonavarra.com
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